Declaración del Primer Encuentro de Salud Laboral de AGMER

En el marco del Encuentro Provincial sobre Salud Laboral que AGMER llevó adelante este 3 de julio, en la ciudad de Colón, se dio a conocer una declaración respecto del trabajo docente y las condiciones escolares en relación a la salud laboral. El documento, que aquí reproducimos, incluye además una serie de acciones a realizar desde el sindicato.


En la ciudad de Colón se reúne el pleno de los secretarios generales de AGMER, la Comisión Directiva Central y los referentes de la Comisión de Salud Laboral

Desde diciembre del pasado año 2018 AGMER viene participando con representantes del sindicato en la Comisión para la Prevención de la Salud Laboral Docente en el ámbito del Consejo General de Educación y con participación de nuestra vocal representante de los Trabajadores de la Educación por AGMER, Perla Florentín.

En dicho ámbito venimos sosteniendo las demandas históricas de nuestro sindicato sobre la salud laboral, las características del trabajo docente, las afecciones reconocidas de nuestro trabajo y aquellas que todavía no lo han sido, la responsabilidad de la ART y el Estado Provincial sobre las condiciones de trabajo de las escuelas de la provincia y la salud de sus trabajadores y trabajadoras; nuestra defensa irrestricta del Régimen Unificado de Licencias y sus normativas complementarias, la verdadera función de contralor y diagnóstico en función de la salud que compete a los médicos escolares, el correcto y accesible funcionamiento de las Juntas Médicas, entre otros puntos de nuestra agenda de trabajo, estrechamente vinculada con la política gremial que año a año define AGMER en sus ámbitos orgánicos.

Nuestra mirada sobre el trabajo docente y las condiciones escolares que producen afecciones en nuestros cuerpos y mentes, marca profundas diferencias con las miradas que proyectan culpas sobre los trabajadores, nos descargan las responsabilidades que no asume el Estado y las patronales en general y conceptualizan sobre nociones descontextualizadas como el mal llamado “ausentismo”, le negación de la carga de trabajo que contiene nuestro trabajo, sus espacios, tiempos, sentidos y condiciones.

Desde la emisión del Decreto 426/19 sobre la existencia de un nuevo sistema de médicos auditores así como un nuevo procedimiento de carga en el sistema SAGE referido a las licencias por enfermedad, afirmamos que las mismas no son producto de acuerdos en la Comisión de Prevención para la Salud Laboral Docente. Del mismo modo, hemos resistido la Resolución 1250/19, que instrumenta el Decreto y hemos logrado normar desde la Resolución 1590/19 lo atinente a las Licencias de Corto Tratamiento, para evitar distorsiones y cercenamiento de derechos.

En el seno de la Comisión es donde expresamos las siguientes definiciones:

-La patronal está obligada a garantizar la atención médica de sus trabajadores y es responsable sobre ello, donde sostenemos la mirada del contralor médico como derecho del trabajador de acceder al conocimiento sobre su propia salud, causales,  consecuencias y los necesarios tratamientos médicos; respetando la confidencialidad en el manejo de esa información; con respeto irrestricto del Régimen de Licencias Unificado según decreto 5923/00 y como parte de una política de prevención de la salud de los compañeros y compañeras. Es en este sentido que manifestamos que el Estado debe garantizar dicha atención con recursos materiales y humanos

– Las modificaciones del sistema de Comisiones Médicas –que valoramos necesarias, aunque desde una concepción de prevención, atención y promoción de la salud- tiene un objetivo preciso: “lograr un mejor control”. Se auditan los cuerpos, los tiempos y los movimientos de quienes padecen en su integridad las condiciones de desigualdad y exclusión de las políticas de ajuste. No compartimos esa mirada

-Se otorgan facultades al Médico Auditor que se extralimitan de su función, aplicando sanciones y habilitando así intromisiones sobre la carrera docente y contradiciendo  artículos del Régimen de Licencias; y los artículos 64 y 67 del Estatuto del Docente en lo atinente a sanciones y desconociendo los mecanismos y las funciones del Tribunal de Disciplina del Consejo General de Educación. Tampoco los médicos cumplen con su carga horaria estipulada por sus propios contratos con el Estado y reemplazan las visitas domiciliarias con nuevas citaciones que desnaturalizan totalmente su función y reemplazan la atención médica por un control que no resguarda la salud sino que la expone a nuevas afecciones y perjuicios.

-Las modificaciones sobre el sistema informático en lo que hace a las cargas de licencias por enfermedad no debe redundar en mayores dificultades administrativas para convocar a concursos en ocasión de ser necesaria implementación de Suplencias, ya que tales situaciones de demoras (informáticas, de falta de acceso tecnológico, servicios de internet, etc) afectarían el accesos a enseñar y aprender de nuestros alumnos, lo que sostenemos sin perjuicio de derechos gremiales, laborales y de salud de nuestros compañeros, rechazando toda situación que signifique sobrecarga de trabajo y cercenamiento de derechos

-Las facultades cedidas a los médicos auditores, cuestionando certificados emitidos por sus propios colegas, acortando o fraccionando cantidad de días de licencias dadas por patologías específicas, suelen ir acompañadas de comentarios despectivos sobre las licencias por enfermedad, configurando un ataque sobre la salud emocional y mental de nuestros compañeros. Asimismo, generan costos monetarios para el trabajador y una sobrefacturación sobre las prestaciones de las obras sociales docentes.

Frente a esta situación, los secretarios generales de AGMER, junto a su Comisión Directiva Central, representantes de la Comisión de Salud Laboral y del CGE por AGMER han resuelto las siguientes acciones:

-Presentación de instrumentos legales en las Direcciones Departamentales, en dirección del efectivo cumplimiento de la Resolución 1590, el cese de los abusos denunciados y en resguardo de la salud de los docentes

-Convocar a una instancia provincial para tratar estas problemáticas y la discusión de un Proyecto de Salud Laboral Integral y preventiva, vinculada con las condiciones reales del trabajo docente.

-Exigir nuevamente la inmediata derogación del Decreto 426/19 y su reemplazo por una norma acordada con los trabajadores de la educación y la urgente convocatoria a la Comisión de Prevención de la Salud Laboral Docente del CGE

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