C.T.M. no dice la verdad

A pesar que el Gobierno Nacional dice y dijo que respetan las instituciones y la República, un organismo tan valorado como Delegación Argentina ante la C.T.M. ahora no dice la verdad, jamás la Provincia de Entre Ríos recibió dólares en concepto de Regalías o de Excedentes de Salto Grande como surge de lo informado por el Ministerio de Economía y la Contaduría General provincial.


 

El Gobernador Bordet defiende los intereses de los entrerrianos y reclama la provincialización de la represa de Salto Grande, al ser el recurso natural y la energía del dominio originario de la Provincia de Entre Ríos y, como una de las tantas consecuencias favorables, la tarifa eléctrica mas barata y reclama también mas regalías que nos corresponden y todos los excedentes que nos deben de la venta de nuestra energía.

Quizás en el fragor de la campaña, o en ejercicio del oportunismo político o incluso cumpliendo mandatos superiores de tergiversación, desde la Delegación Argentina ante la C.T.M.  se ha emitido un informe que no dice la verdad a la opinión pública. Algo que en definitiva no sorprende, pero si demuestra la sistemática apología del Gobierno Nacional por parte de funcionarios entrerrianos que no defienden nuestros propios derechos provinciales.

Intentan confundir al mezclar conceptos de “regalías” y “excedentes”  con las cifras mencionadas y los períodos involucrados. Tergiversan las conversiones en dólares, los ejercicios presupuestarios indicados y sobre todo: los resultados que pretenden esbozar. No hace falta ser académico, contador o abogado para discernir que son conceptos diferentes las regalías de los excedentes. Y sin ánimo de una extensión innecesaria, comentaremos con precisión algunos conceptos que los entrerrianos deben tener en cuenta.

De excedentes (según lo informado por el Ministerio de Economía Provincial, aprobado por el Tribunal de Cuentas y por ambas Cámaras Legislativas) han ingresado $1.866.783.871,39 millones de pesos y de regalías $490.896748,38 millones de pesos desde el 2003 a la fecha.

Otra falacia sustancial es la conversión en dólares ya que jamás han remesado en esa moneda, sino en pesos corrientes. Lo que ha sucedido y quizás no pueda ingresar en el campo comprensivo de los informantes de la C.T.M. es que los insumos que precisa la represa para generar la energía y sus gastos de funcionamiento SI son en dólares. Y ha sido este Gobierno Nacional el que llevó el valor del dólar de los $ 8.75 de fines del 2015 a la lamentable cifra que todos conocemos hoy de casi $ 18. Si la finalidad era desfinanciar y destruir la rentabilidad de Salto Grande, están en el camino. Y si sirve de información a los funcionarios políticos de la Delegación Argentina ante la C.T.M.,  siempre será insuficiente para reparar los daños originados desde la construcción de la represa, los que causan segundo a segundo con la generación o para ultimar las obras inconclusas.

Sobre las regalías, el mismo ímpetu que han demostrado quienes defienden la gestión de Cambiemos deberían utilizarlo para darse cuenta e informar/se, que el 12% al cual aluden se encuentra reglado por la ley nacional 15.336, sancionada en el año 1960 y modificada en el año 1984. Esto es medio siglo, más de 55 años pero fundamentalmente es una regulación ANTERIOR a la reforma constitucional de 1994, uno de los cimientos de nuestro reclamo. Si a la Delegación Argentina ante la C.T.M. le parece que eso satisface o compensa la utilización del recurso natural en su conjunto, bien demuestra algo más que desconocimiento o tergiversación para convertirse en cinismo. Y en los hechos, las diferencias de la regulación tarifaria de generación (Macri le otorga en el año 2016 a las generadoras privadas 10 veces más que a las públicas) implican una desigualdad notoria, y fundamentalmente que las regalías  percibidas lo sean a un precio vil y que no haya prácticamente excedentes.

Les recomiendo que lean un texto del actual Vocal del Superior Tribunal de Justicia Dr. Bernardo Salduna, un estudioso de Salto Grande “SALTO GRANDE. Esperanza, Frustración y Perspectivas” del año 1995 donde entiende que a partir de la reforma de la Constitución Nacional de 1994, y sostiene  “si la energía hidroeléctrica está ubicada en territorio provincial pertenece a las Provincias. La nuestra tiene que reinvindicar sus derechos propios sobre Salto Grande ante la Nación…”. Basado en lo dispuesto en el artículo 124 de la CN, propone que Entre Ríos –junto con Corrientes y Misiones- reivindique como propio el dominio de la energía generada por Salto Grande

Finalmente, las cifras que menciona Delegación Argentina ante la C.T.M. en cuanto a regalías y excedentes representan un Perogrullo que no contradice lo que ha expuesto el Gobernador de la Provincia “es mucho más lo que Entre Ríos aporta con sus recursos naturales (agua y energía) que aquello que recibe.”

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