Prisión perpetua por el femicidio de Lidia Barreto

José Alberto Robel fue encontrado culpable del asesinato de su esposa, ocurrido en febrero de este año en la localidad de Aranguren.

 

Fem2El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, resolvió por unanimidad condenar a José Alberto Robel a la pena de prisión perpetua por haberlo encontrado autor responsable del Delito de Homicidio Doblemente Agravado por el Vínculo y Femicidio.

El Tribunal integrado por Darío Ernesto Crespo como presidente de causa, y Javier Cadenas y María Angélica Pivas como vocales, dictó sentencia tras la audiencia de debate ralizada el 23 de junio y luego de escuchar las posturas de las partes.

Una vez desarrollada la audiencia de juicio bajo la normativa del nuevo sistema de enjuiciamiento penal provincial, resolvió por unanimidad condenar a Robel a la pena de prisión perpetua por haberlo encontrado autor responsable del Delito de Homicidio Doblemente Agravado por el Vínculo y Femicidio.

El hecho en cuestión sucedió en la localidad de Aranguren, el 5 de febrero de este año. Se le atribuyó al imputado, de 61 años de edad, haber dado muerte a su esposa Lidia Silvia Barreto, de 46 años, a través de sendos disparos con un arma de fuego larga provista con mira telescópica que el agresor detentaba en el hogar que compartían en aquella localidad.

Esto aconteció en la vía pública, a pocos metros del domicilio en el que vivían, cuando la víctima salía de su domicilio rumbo al trabajo. Se acreditó tanto el vínculo matrimonial que unía a ambos protagonistas, como la existencia de actos de violencia de género previas al gravísimo hecho, que llevaron al Tribunal a la conclusión de la imposición de la única pena posible de acuerdo a la calificación legal asignada (artículo 80, inciso1º y 11º del Código Penal) que impone la pena perpetua.

En juicio oral, intervinieron, además del Tribunal, el fiscal de la Jurisdicción Nogoyá Rodrigo Molina y el Defensor Oficial Nº1 de Gualeguay, Carlos M. Sciutto.

A su turno, la Fiscalía solicitó la pena de prisión perpetua por estimar el hecho Triplemente Calificado por considerar también la existencia de Alevosía; mientras que la Defensa invocó la existencia de circunstancias extraordinarias de atenuación, y por lo tanto la aplicación de una escala de entre 8 y 25 años de prisión.

Asimismo el tribunal resolvió que Robel continuará bajo prisión preventiva hasta el momento en que el acto sentencial quede firme, permaneciendo alojado en la Unidad Penal Nº 5 de la ciudad de Victoria, en donde hoy se encuentra.

Se trata de la primera condena por un homicidio calificado de estas características, es decir en donde aparece la calificante de la “violencia de género” o “femicidio” que dicta el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay.

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