
Buscan reglamentar el trabajo sexual
“El objetivo de la ley es poder tener acceso a un monotributo, derecho a la salud y acceso a la jubilación”, argumentaron desde la filial Entre Ríos de la Asociación de Mujeres Meretrices, quienes colaboraron en la redacción del texto.
Un proyecto de ley prevé la creación de una Oficina Provincial de la Protección al Trabajo Sexual. La iniciativa fue presentada por la diputada radical Gabriela Lena en la Cámara de Diputados por la legisladora y contó con el asesoramiento de Norma Torres, secretaria general de la filial Entre Ríos de la Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina (Ammar).
La organización tiene 21 años de historia en el país y 17 en Entre Ríos y en la provincia nuclea a unas 450 trabajadoras sexuales.
Torres, al ser consultada sobre la iniciativa que tomó estado legislativo, expresó que le gustaría que más autoridades se comprometan con el tema, ya que es un asunto que tiene que ver con los derechos. “El objetivo de la ley es poder tener acceso a un monotributo, derecho a la salud y acceso a la jubilación”, sostuvo.
El proyecto fue elaborado hace algunos meses y fue sometido a la consulta de diferentes actores para generar acuerdos. El mismo reglamenta el ejercicio del trabajo sexual en la provincia de Entre Ríos y de quienes lo ejercen.
El artículo 2 del proyecto define al trabajo sexual como la “actividad de ofrecimiento o prestación de servicios sexuales de manera autónoma, voluntaria, individual e independiente en domicilio particular debidamente declarado ante el registro correspondiente, por toda persona de uno u otro sexo, debidamente registrado/a (…) a cambio de una remuneración en dinero, especias o lo que se pacte según la libre autonomía de la voluntad de las partes”.
La iniciativa establece una serie de obligaciones para los trabajadores sexuales, que tienen que ver con la atención de asuntos sanitarios y de capacitación, como así también les garantiza el trabajo libre, a organizarse sindicalmente y a ingresar a los sistemas de seguridad social. Para estar habilitado al ejercicio del trabajado sexual las personas que quieran hacerlo deben ser mayores de edad.
El proyecto, en su artículo 7º, crea la Oficina Provincial de la Protección al Trabajo Sexual (Oppts), la que funcionará dentro de la órbita el Ministerio de Trabajo de la provincia. El organismo deberá, previa reserva de la correspondiente partida presupuestaria, diagramar el rango y personal que estará a cargo de la repartición.
Allí se promoverá una coordinación y armonización de normas federales, provinciales y municipales en materia de trabajo sexual; se otorgará la habilitación para el ejercicio del trabajo sexual; se arbitrará los medios para la incorporación de quienes ejercen el trabajo sexual al régimen de jubilaciones y pensiones; y se gestionará un programa de becas de educación primaria y secundaria para las personas que ejerzan el trabajo sexual y no hayan completado el ciclo educativo obligatorio, como así también de quien requiera continuar con estudios terciarios o universitarios. El organismo creará en su seno un registro único de trabajadores sexuales.
El texto contempla la emisión de un carné habilitante para el desempeño del trabajo sexual que podrían obtenerlo sólo las personas mayores de edad, que tengan certificado de aptitud psicofísica, certificado técnico habilitante y que sean argentino/as o residan legalmente en el país.